| PROGRAMA DE AYUDAS PARA LA INNOVACIÓN Y LA MEJORA DE LA COMPETITIVIDAD (SAIATU 2008) |
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OBJETO
Estimular e incentivar la realización por parte de las PYMEs de Álava de proyectos y/o acciones encaminadas a promover la innovación y la mejora de la competitividad en la empresa.
BENEFICIARIOS
Pequeñas y medianas empresas, cualquiera que sea su configuración jurídica, con domicilio social y fiscal en el T.H.A., y/o que al menos tengan en él un centro de producción o servicios y que a la entrega de la solicitud haya pasado un año desde la fecha de su constitución; así como agrupaciones y asociaciones de empresas con personalidad jurídica propia, y autónomos con domicilio fiscal en Álava.
Se entenderá por PYME una empresa con menos de 250 asalariados y, bien volumen de negocios anual no superior a 50 millones de euros o, bien un balance anual no superior a 43 millones de euros.
Tendrán carácter de empresa beneficiaria aquellas cuya actividad económica se desarrolle, y se halle dada de alta en Álava y con anterioridad al 31 de diciembre del año 2007, en alguno de los epígrafes del Impuesto de Actividades Económicas siguientes: De la Sección Primera (Actividades Empresariales) los que pertenezcan a las Divisiones: 2 (excepto agrupaciones 21 y 23), 3, 4; de la división 5, al grupo 504; de la división 6, a la agrupación 62; de la división 8, a la agrupación 84; y de la división 9 los de la agrupación 93. De la sección segunda (Actividades Profesionales), las que se correspondan con las actividades empresariales arriba mencionadas. Quedan excluidas de tal condición las sociedades públicas y entidades de derecho público. Las empresas deben hallarse al corriente en Hacienda y Seguridad Social.
TIPO DE AYUDA
Será objeto de ayuda dentro del marco del presente Decreto, los gastos efectivamente incurridos por los beneficiarios definidos en el punto anterior, y que puedan ser encuadrados dentro de alguna de las siguientes líneas de actuación:
A) INNOVACIÓN Se incluirán dentro de esta categoría los siguientes proyectos y/o actuaciones:
B) INTERNACIONALIZACIÓN Se incluirán dentro de esta categoría todas las actividades encaminadas a la progresiva apertura exterior de las empresas alavesas, apoyando las implantaciones productivas o de acceso a mercados exteriores que aprovechen las oportunidades que ofrece el mercado global.
C) MEDIO AMBIENTE Se incluirán dentro de esta categoría todas las actividades encaminadas a reducir significativamente el impacto medioambiental de su actividad o producto así como las encaminadas a adaptarse a los requerimientos medioambientales de la Unión Europea.
Serán susceptibles de ayuda los trabajos contratados a profesionales externos, centros tecnológicos o empresas de servicios profesionales en áreas útiles para la empresa y que contribuyan al desarrollo de actividades señaladas anteriormente.
Los trabajos internos sólo si están específicamente diferenciados y debidamente justificados y si la empresa no ha recibido subvención en pasadas ediciones por proyectos internos de características similares. No serán subvencionables:
Las conclusiones de los proyectos subvencionados deben implantarse en el T.H.A.
Serán subvencionables de los proyectos iniciados en el año 2008, las actividades que se desarrollen hasta diciembre de 2008 y de los proyectos iniciados anteriormente, las actividades que se abonen en el ejercicio 2008 y las que se desarrollen hasta diciembre de 2008.
Las ayudas se materializarán a través de subvenciones cuyo porcentaje de subvención puede llegar hasta un 30%, con un límite máximo de 20.000 euros por línea de actuación especificada en el artículo 1 y 40.000 euros de subvención total por empresa.
Excepcionalmente, la realización de diagnósticos medioambientales podrá alcanzar una subvención de hasta el 80% del presupuesto aprobado. En este caso el importe máximo a conceder por cada diagnóstico medioambiental será de 5.000 €.
LUGAR Y PLAZO DE PRESENTACION
En Registro General, desde la publicación en el B.O.T.H.A. hasta el 26 de mayo de 2008.
NORMATIVA
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